Generalmente ellos no participan ni son nombrados en los CONVENIOS que se celebran tras la separación, dándose por sentado que su hija o hijo  le permitirán seguir disfrutando de la compañía de sus nietos.

Pero no siempre es así: los abuelos de un niño pueden estar distanciados no sólo de su nuera o yerno, sino también de su propio hijo y por ende, "nadie le lleva de visita a los nietos", ni puede ir la casa de ninguno de los padres a verlos.

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También puede pasar que el hijo o hija vivan en otro país.

En estos casos, LOS ABUELOS PUEDEN RECLAMAR JUDICIALMENTE LA FIJACION DE SU PROPIO REGIMEN DE VISITAS.

Los chicos para crecer sanos necesitan la presencia y sostén afectivo de los abuelos y éstos no pueden ser victimizados privándolos de su presencia, sólo porque sus hijos se divorciaron o se llevan mal con sus propios padres.

Si no existen causas graves que pudieran afectar a los niños, los abuelos pueden seguir manteniendo el contacto con los mismos.

Recuerden que del mismo modo que los abuelos tienen obligación subsidiaria de pasar alimentos a sus nietos si sus padres no pueden, gozan de derechos respecto a los mismos. Es bueno que lo sepan y los ejerzan cuando no puedan lograr el contacto por otra vía.

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