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Los impuestos y el comercio electrónico

Sepa si sus actividades de negocio por Internet están sujetas al pago de impuestos en los Estados Unidos

No
es inusual encontrar que los cambios en la manera en que la gente conduce los
negocios se adelantan al desarrollo de las leyes que gobiernan las relaciones
de negocios. Generalmente, las leyes se adaptan y están diseñadas a medida para
encajar en las necesidades de los negocios. Sin embargo, rara vez vemos cambios
que alteran dramáticamente el clima de los negocios de tal manera que los
legisladores se hallan confundidos en la manera de proceder.
 

El
comercio electrónico (e-commerce) es un área que ha hecho justamente eso,
particularmente con respecto a la tributación por transacciones de negocios que
no poseen absolutamente ningún elemento físico en ellas. Las transacciones que
previamente involucraban la provisión de bienes y servicios, ahora a menudo
toman la forma de provisión de información, a menudo en formatos digitalizados
que nunca se habían visto con anterioridad.
 

Antecedentes 

En
1996, el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos implementó sus
Implicancias de la Política de Impuestos Selectos sobre el Comercio Electrónico
Global (el “Paper“), cuyo propósito era “estimular la discusión pública sobre
temas recién aparecidos que existen corrientemente o parece probable que
surjan” con respecto a la tributación del comercio electrónico. El Paper se
centró en dos áreas de importancia: (1) la necesidad de desarrollar normas que
provean certeza y eviten la doble tributación, y (2) la necesidad de
desarrollar una nueva técnica de administración de impuestos para asegurar la
tributación del comercio electrónico. En el Paper, el Departamento del Tesoro
adoptó la posición que favorecía la “neutralidad” en la tributación del comercio
electrónico.

“Neutralidad” significa que el
sistema de impuestos trataría de la misma manera a transacciones similares
económicamente, sin importar la forma o los medios usados para conseguir el
resultado buscado. El Departamento del Tesoro estableció que la mejor manera de
asegurar la neutralidad era a través de un enfoque que adopte principios
existentes.

En otras palabras, hay una
preferencia por aplicar leyes existentes a la tributación del comercio
electrónico, en lugar de establecer nuevas leyes específicamente dirigidas a las
transacciones electrónicas.
 

Además,
en el Paper se argumentaba que la tributación basada en la residencia proveía un
mejor medio de tributación que un sistema basado en la fuente u origen del
ingreso.

Para entender mejor este punto
tomemos el ejemplo de un vendedor argentino que vende mercaderías a clientes en
los Estados Unidos. El derecho sobre estos bienes pasa al cliente luego de su
entrega en los Estados Unidos. El manufacturero argentino tiene, entonces, un
ingreso de origen norteamericano.
 

Pero
cuando se trata de la provisión de información a través de medios electrónicos,
las fuentes de ingreso se vuelven borrosas. La información cambia de manos en
el ciberespacio, un lugar en el cual más de una jurisdicción tributaria reclama
autoridad o control, y en consecuencia el ingreso generado por la transacción
no puede ser remitido a una ubicación geográfica específica.

El Paper confiaba
en que un sistema de tributación basado en la residencia de la persona que
obtiene el ingreso evitaba mejor la doble tributación, facilitaba el
cumplimiento de los impuestos y proveía mayor certeza a los contribuyentes.
 

En
1998, el Presidente Clinton firmó el Acta de Libertad de Impuestos en Internet
(ITFA), que imponía tres años de moratoria para los impuestos de acceso a
internet. El ITFA no prohíbe, como muchos creen, la imposición de impuestos a
las ventas en transacciones de comercio electrónico o ingresos ganados por las
mismas.
 

También en 1998, la Organización
para la Cooperación Económica y el Desarrollo (OCDE), con base en París, comenzó
a estudiar los efectos del comercio electrónico en los sistemas de tributación
existentes.

El Comité en Asuntos Fiscales de la
OCDE adoptó la posición de que los principios impositivos existentes que guían
el comercio convencional deberían también aplicarse en relación al comercio
electrónico. Sin embargo, el comité reconoció que eran necesarias algunas
alteraciones a las leyes existentes y a los tratados impositivos.
 

Las
últimas novedades sobre el tema marcan que la Unión Europea (UE) publicó una
nueva directiva obligando a los vendedores que no pertenezcan a la UE que
junten y remitan los impuestos de valor agregado sobre las ventas digitales de
información, software, alojamiento de sitios web y webcasting hacia clientes en
la UE.
 

Haga

clic aquí
para conocer las disposiciones específicas que pueden afectar a sus
transacciones con clientes en los Estados Unidos, aún si usted no está basado
en ese país

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