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Vendetta judicial o venganza a la italiana

¿A todo juicio le sigue otro juicio, como “venganza”?

Me pregunto
y me repregunto de donde ha surgido esta idea, que tantos adeptos ha logrado en
tan poco tiempo de que quien inicia un juicio debe preveer que a quien
demanda (el malo), se vengará y retrucara con otra demanda
(peor), cual
juego de Truco o Pocker, y esta vez, peor que la nuestra, yendo contra todo
nuestro patrimonio dejándonos en la calle, por lo que lo mejor es no iniciar
ningún juicio (¿?)

 

Nunca falta
un primo, una vecina, o una historia contada por alguien, que no se sabe bien de
donde surgió, y que aconseja no hacer juicio, a pesar de que ese juicio sea
reclamar como pacientes, o como victima, o porque nos atropellara un colectivo
o reclamáramos ni mas ni menos que lo que nos corresponda, en cualquier caso, el
miedo esta latente, como el cuco de los chicos, y la realidad es que esta
venganza, no existe. (Griten conmigo: No existe!)

 

Ya no sé como
explicarlo, cuando el cliente, que se ve culto, formado, con educación, sale
con esta creencia, este mito, que aunque la desconozcamos desde todo lugar como
insólita, no creen que el abogado lo este diciendo sin mas convencimiento que
el de mentir para que iniciemos el juicio igual, por tanto nuestro criterio
queda por debajo de el del vecino o el primo, a quien se le vio perder la casa,
el negocio, y todo porque lo chocaron con una motito ¡!

 

No sé bien
quien fue el que hizo andar esta historia, que ni en la facultad la he
escuchado, posiblemente hayan sido los que no tienen ningún interés en que se
los demande, pero aún así, ha cobrado tanta fuerza que es casi igual a la
cantidad de gente que cree que cuando se pierde el juicio el abogado no debe
cobrar.

 

Quien inicia
un juicio con justa causa, porque le deben plata, porque el medico fue
negligente con el y al operarse una pierna quedó ciego, o quien como hijo del
fallecido reclama a la línea de colectivo que lo dejara morir, o bien quien
pretende que se cumpla con el contrato o la venta o el alquiler que no cumplió,
está amparado por el código civil, comercial o penal, y es absolutamente
legítimo su reclamo.

 

Legítimo no
es legal, es legítimo, es genuino, es con causa, es con razón, es como víctima,
como quien fue dañado y por tanto se busca la reparación de tal perjuicio y
agravio. Y de ninguna manera posible, el otro (el demandado, el vengador) se
podrá valer de tal sentencia desfavorable para él y REENJUICIAR ¡!.

 

Porque
entonces…cual sería su legítimo reclamo para vengarse, para reenjuiciar???, que
se lo demandó? Que se le gano el juicio? Que debió pagar? Eso no era ni mas
ni menos que lo que debía hacer sin juicio y debió demandárselo porque de buena
gana no lo hacia.

 

Para
recordar: el juez interviene cuando no se pueden poner de acuerdo las partes
entre ellas, entonces, una de estas, dice: -“a ver Ud V.S, que tiene criterio
objetivo y sabe del tema…que le parece? Como debemos arreglar esto?”
– y el
juez resuelve, trabaja de eso, su excelso criterio lo avala.

 

Sí es cierto
que si se pierde el juicio y no se tramitó, o tramitado no se concedió el
Beneficio de litigar sin gastos
, entonces los honorarios del perito, del
abogado y los demás gastos serán solicitados a la parte “perdidosa”, además de
los honorarios de nuestro abogado, quien cobra a pesar de perder, sí, el abogado
trabajó dos o tres años, y no por su culpa, sino por riesgos y variables
judiciales el juicio se perdió, pues el trabajo esta hecho, y a pesar del
resultado, cobrara menos, pero cobra por trabajar.

 

Pero si se
ganó el otro paga, y si se perdió con el beneficio otorgado, entonces solo
pagaremos los honorarios de nuestro abogado, y nada mas…

 

Quienes leen
mis artículos/notas saben que muchos nacen a partir de la consulta, sea
personal, sea telefónica, sea en una reunión social o por mail, y esto lo
escucho cada vez mas…Y SI ME CONTRADEMANDAN?….??????, es tan insólito como
suponer que el juez de la causa venga a casa a comer, o que el abogado de la
otra parte cuando ganemos el juicio venga a felicitarnos
…así de insólito, no
existe posibilidad ninguna que ocurra, ninguna, creánme.

 

Imaginen
además, de ser cierto, la cantidad de clientes que uno perdería por mentirles y
embarcarlos en juicios destinados a perder su patrimonio y eventualmente a que
los contrademanden, y la cantidad de contrademandas o venganzas
judiciales que nos perdimos! (Quien invento esto?)…no olvidemos que como
abogados estamos de los dos lados…y nunca contrademandé.

 

Las historias
que se cuentan en los pasillos, en los casamientos, en los bares, son historias
irresistibles y que solo valen si fueron contadas por el protagonista, expte en
mano y con el abogado presente, porque digo esto?, porque no siempre las cosas
son como se cuentan, y como se dicen.

 

Nadie que
pierde una uña en un accidente se lo indemniza con un millón de pesos, nadie,
sin embargo me han contado esa historia

 

Nadie que
hace un juicio con buena praxis de su abogado puede perder su casa e irse del
país, menos si ganó el juicio. Hay algo que se cuenta mal, detalles importantes
que se pierden de boca en boca y que al llegar al final, cual teléfono
descompuesto, llega como esto que relato, inverosímiles relatos….

 

Y los sonados
“calumnias e injurias” son aquellos juicios penales en los que quienes se
sienten injuriados o calumniados públicamente, (en un medio radial, televisivo o
publico de cualquier manera), se los ha difamado, se dijo al público cosas
inciertas de él que afectan tanto su reputación, prestigio u hombría que esto le
ha causado un daño.

 

El daño
deberá probarse (por Ej., que pierda su trabajo). La calumnia deberá probarse
(si fue dentro de su casa y sin testigos, no será calumnia), la que se
transforma en tal cuando trasciende lo privado.

 

Un juicio
no es calumniar ni injuriar, menos cuando lo que le dio origen fue un hecho
probado, por justa causa (accidente de auto, choque, mala praxis, despido, etc.).

 

El juicio es una forma justa de resolver un conflicto particular con
intervención de un juez, y no se basa en dichos, sino en hechos, que probados
acreditarán nuestros dichos en la demanda….

Espero se
hayan convencido…y sino, espero jurisprudencia en contrario…

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