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Monotributo: ¿Qué es, cómo y para quién funciona?

El pago de impuesto a las ganancias es sustituido por el sistema de monotributo, en el caso de los pequeños contribuyentes, según el sistema impositivo argentino que dispone una serie de categorías distribuidas según la magnitud de los ingresos y otros factores que las determinan.

En
este sistema entran las personas físicas que ejerzan oficios o sean titulares
de empresas o explotaciones unipersonales, que obtengan en el período fiscal
inmediato anterior ingresos brutos iguales o inferiores a $ 144.000 y no superen
los parámetros máximos referidos a las magnitudes físicas y precio unitario
de operaciones. Y en el caso de los Profesionales, cuando sus ingresos brutos
anuales no superen la suma de $ 36.000.

No así para quienes superen los parámetros referidos a ingresos brutos, energía
eléctrica, superficie, precio unitario de las operaciones, o en el caso de
profesionales cuando superen los $ 36.000, o si tuvieran más de una unidad de
explotación y/o actividad comprendida en el régimen.

Tampoco
podrán incluirse a quienes adquieran bienes o realicen gastos por un valor
incompatible con el régimen, o que no tengan la cantidad mínima de empleados
en relación de dependencia fijados para las categorías IV, V VI y VII.

La forma de comprobación que se establece, es a través de la facturación. Los contribuyentes del presente régimen deben facturar todas sus
operaciones sin discriminar el IVA, no generando crédito fiscal para el
adquirente de sus prestaciones. Deben conservar los comprobantes, no estando
obligados a su registración.

Los
conceptos tenidos en cuenta para la inclusión en el sistema monotribustista, se
establecen según los ingresos, las magnitudes físicas del local donde se
desarrolle la actividad, comprendiendo los gastos de energía eléctrica y
superficie afectada a la actividad y el precio unitario de venta de los
productos que se comercialicen.