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Prevención en mala praxis

Proposición sobre Mala Praxis Médica Adoptada por la 44a. Asamblea Médica Mundial, Marbella, España, Setiembre 1992

En algunos
países los reclamos contra la mala praxis médica van en aumento, y las
Asociaciones Médicas Nacionales buscan la manera de superar ese problema. En
otros países, los reclamos por mala praxis médica son poco frecuentes, pero
allí las Asociaciones Médicas Nacionales deberían estar prevenidas contra los
problemas y circunstancias que pudieran producirse, si aumentara la cantidad de
reclamos presentados contra los médicos.

En esta
Proposición, la Asociación Médica Mundial procura informar a las Asociaciones
Médicas Nacionales sobre algunos de los hechos y problemas relacionados con los
reclamos por mala praxis médica.

Las leyes y
los sistemas legales en cada país, así como las tradiciones sociales y las
condiciones económicas, influirán en la aplicabilidad de algunas partes de esta
Proposición para cada Asociación Médica Nacional. Sin embargo, la Asociación
Médica Mundial cree que esta Proposición debería interesar a todas las
Asociaciones Médicas Nacionales.

  1. Un aumento de reclamos por
    mala praxis médica puede derivar en parte, de una o más de las siguientes
    circunstancias:
    1. El aumento de conocimientos
      médicos y la mayor disposición de tecnología ha permitido a los médicos
      llevar a cabo procedimientos que eran imposibles en el pasado, pero esos
      logros implican en muchos casos riesgos de mucha gravedad.
      La
      obligación impuesta a los médicos de limitar los costos de la atención de
      la salud.
      La confusión entre el derecho a recibir atención
      médica, que es alcanzable, con el derecho a lograr y mantener la salud,
      que no está garantizado.
      El papel pernicioso desempeñado a
      menudo por los medios de comunicación que generan desconfianza con
      respecto al médico, cuestionando sus aptitudes, sus conocimientos, su
      comportamiento y el manejo de los pacientes, e impulsando a los pacientes
      a presentar quejas contra los médicos.
      Las consecuencias
      indirectas de un repunte en la medicina defensiva, generada por un
      aumento en la cantidad de reclamos.
  1. Debe hacerse una distinción
    entre la mala praxis médica y un resultado desfavorable que puede ocurrir
    en el curso de la atención y del tratamiento médico y que puede no ser la
    culpa del profesional.
    1. La mala praxis médica
      implica una falla del profesional en cumplir la norma de atención para el
      tratamiento del paciente, o una falta de pericia, o la negligencia al
      proveer la atención, y que es una causa directa del daño infligido al
      paciente.
      Un daño que se inflige en el curso del tratamiento,
      que no puede ser previsto y que no fue el resultado de una falta de
      pericia o conocimiento por parte del médico, es un resultado
      desafortunado del cual el médico no debe hacerse cargo.
  1. Puede fijarse una
    compensación a los pacientes que hayan sufrido un daño como resultado del
    tratamiento, en la medida en que no lo prohíba la legislación nacional, y
    en distintos grados según que haya reclamo por mala praxis, o en los casos
    desfavorables que se hayan producido durante la prestación de la ayuda y
    el tratamiento médico correspondiente.
    1. Cuando ocurre un caso
      desfavorable, sin error por parte del médico, la sociedad debe determinar
      si el paciente tendría que ser compensado por los daños sufridos, y si es
      así, debe indicarse la fuente que proveerá los fondos para la
      compensación. Las condiciones económicas del país determinarán si esos
      fondos de solidaridad están disponibles para compensar al paciente sin
      que ese desembolso corra por cuenta del médico.
      Las leyes
      de cada jurisdicción dispondrán los procedimientos necesarios para
      decidir la responsabilidad por los reclamos de mala praxis médica y para
      determinar el monto de la compensación que se asigne al paciente, en el
      caso de que se demuestre la mala praxis.
  1. Las Asociaciones Médicas
    Nacionales deberán considerar todas o algunas de las siguientes
    actividades en un esfuerzo para otorgar un trato justo y equitativo tanto
    a los médicos como a los pacientes:
    1. Programas de educación
      pública sobre los riesgos inherentes a algunos de los nuevos métodos
      modernos de terapia e intervención quirúrgica, y programas de educación
      profesional sobre la necesidad de obtener el consentimiento informado del
      paciente para aceptar ese tratamiento e intervención quirúrgica.
      Programas
      de apoyo al público, destinados a demostrar los problemas que surgen en
      medicina en la prestación de asistencia médica frente a una rigurosa
      limitación de gastos.
      Defensa de los programas generales de la educación
      para la salud, tanto en la escuela como en los establecimientos
      comunitarios.
      Mejoramiento del nivel y de la calidad de la educación
      médica, teniendo en cuenta las experiencias mejoradas de capacitación
      clínica.
      Desarrollo
      y participación en los programas para médicos, diseñados para mejorar la
      calidad de la atención y del tratamiento.
      Desarrollo de las
      propuestas adecuadas sobre capacitación terapéutica de los médicos cuyos
      conocimientos y habilidades probaron ser deficientes, incluso las
      propuestas sobre limitación de la práctica médica hasta que las
      deficiencias sean corregidas. Información dada a la población y al
      gobierno sobre el peligro de que puedan manifestarse actitudes de
      medicina defensiva (multiplicación de las medidas terapéuticas o, por el
      contrario, abstención del tratamiento o hasta la renuencia de ciertos
      médicos jóvenes en participar en algunas especialidades de alto riesgo).

      Información
      a la población sobre el hecho de que puede producirse un daño durante el
      tratamiento y que éste puede no haber sido previsto y no ser el resultado
      de una mala praxis del médico.
      Apoyo para la protección legal de
      los médicos cuyos pacientes han sido dañados por circunstancias
      desafortunadas no causadas por ninguna mala praxis.
      Participación
      en la elaboración de leyes y procedimientos aplicables a los reclamos de
      mala praxis médica.
      Desarrollo de una activa oposición a los reclamos
      injustificados y a la participación contingente de los abogados.
      Exploración
      de procedimientos modernos para manejar los reclamos por mala praxis
      médica, tales como el arbitraje, antes que los procesos judiciales.

      Fomento
      del seguro personal tomado por los médicos contra los reclamos por mala
      praxis, seguro que será pagado por el propio profesional o por el
      empleador si aquél está empleado.
      Participación en la toma de
      decisiones sobre la conveniencia de pagar compensaciones a los pacientes
      perjudicados en el curso del tratamiento, sin que haya habido mala
      praxis.