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Documentos básicos para investigar apellidos hispanos.

Le decimos por dónde empezar a buscar a su antepasado español.

Pese a que las características del mal de ojo están bien definidas<br /> desde tiempos inmemoriales

En
primer lugar distinguiremos unos documentos básicos que son
fundamentalmente las partidas dentro de las cuales podemos distinguir las Actas
o partidas civiles, y Actas o Partidas Religiosas

Por otro lado, las actas de carácter
civil existen desde la creación en España en 1.870 del Registro
Civil
, por tanto las partidas de fecha posterior a esta podremos buscarlas
en las oficinas del Registro Civil o en las Oficinas Consulares de la ciudad o
pueblo que nos interese.

En
algunos ayuntamientos existía un tipo de registro anterior a esa fecha, pero no
es lo habitual, en Madrid, por ejemplo, se puede encontrar documentación desde
1.840.La partida de nacimiento nos informa sobre la fecha, el lugar,
legitimidad, nombre, origen, profesión y domicilio de los padres, abuelos.

La
partida de matrimonio
nos da el nombre de los contrayentes, estado
civil, padres y testigos, lugar y fecha, si han otorgado capitulaciones
matrimoniales y ante que notario. La partida de defunción, nos precisa
la fecha, lugar, nombre, edad; y puede decir si ha otorgado testamento y ante
que notario y en que fecha, lugar del entierro, causas del fallecimiento, con
quien estaba casado, cuantos hijos deja, etc…

Las actas de ciudadanía son
otros documentos civiles que pueden ser de interés para nuestra investigación.
Son los documentos y expedientes de ciudadanía otorgados por: las embajadas,
policía y el Registro Civil
. En estos expedientes figurará la partida de
nacimiento, y datos sobre las circunstancias familiares.

Además, las actas o documentos  religiosos nos sirven para la búsqueda de partidas de
fecha anterior a 1.870, habrá que dirigir la investigación a los Archivos
de las Parroquias, a los Archivos Diocesanos y a los Archivos Castrenses.

Los Archivos Parroquiales existían
desde mucho antes del Concilio de Trento, que estableció la obligación de las
parroquias de mantener de manera regular y continua un censo de los bautizos,
matrimonios y actos religiosos que se celebraran en las Parroquias.

Los decretos del Concilio de
Trento tienen aplicación total en España a partir de la disposición de 12 de
julio de 1.564, dictada por Felipe II. Antes de esa fecha en algunas parroquias
ya se recogía testimonio de dichos actos en libros sacramentales
correspondientes a bautizados, casados y difuntos a partir de mediados del siglo
XV.

Las partidas sacramentales son
la base de la investigación y siempre hay que pedirlas literales para que
figure toda la información. Dan muchos datos, algunas incluso hablan de
pertenecer o no la persona a un mayorazgo, ser investigado o condenado por la
inquisición etc…

Estos
documentos o partidas religiosas como la
partida de bautismo suelen ser
bastante pobres en datos, figuran los nombres del nacido, el padre, la madre, si
es ilustre, sino ni figura, a medida que va avanzando el tiempo, constan los
abuelos, títulos, canónigos que asisten al bautizo, con sus títulos, los
padrinos con su profesión, los domicilios etc…

La partida de matrimonio consiste
en dos tipos de asientos relacionados: El asiento de velaciones y el asiento de
matrimonio, si se ha perdido el acta de matrimonio civil o canónigo, existe la
posibilidad de encontrar la de velaciones, que se efectuaba hasta 1.955 más o
menos. Las más antiguas son pobres en datos.