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Inmigrantes Juveniles Especiales

¿A quiénes comprende esta categoría, que permite evitar la deportación en muchos casos?

Para
poder solicitar una green card en esta categoría, la persona debe tener menos
de 21 años y no estar casada, además de haber sido declarada en custodia por
una corte de los Estados Unidos, la cual haya decidido que el niño puede ser
colocado en hogares sustitutos por un lapso de tiempo prolongado, o haya ubicado
al niño en custodia de un organismo del Estado.

También debe existir una determinación, alcanzada a través de procedimientos
administrativos o judiciales, de que no sería bueno para el bienestar del niño
que fuera regresado a su país de origen. La decisión alcanzada por la corte
respecto del niño es final y vinculante por parte del USCIS.
 

Los
Inmigrantes Juveniles Especiales están exentos de muchos motivos de deportación.

Entre éstos están:
 


Entrada al país sin inspección
– Inadmisibilidad en el momento del ingreso, excepto cuando está basado en
condenas criminales, delitos relacionados con drogas, motivos de seguridad
nacional y participación en actividades nazis
– Imposibilidad de mantener un estatus de no inmigrante válido
– Trabajo sin autorización
– Prostitución
 

Las
solicitudes para inmigrantes especiales juveniles se hacen mediante un
formulario I-360. Un joven puede hacer la solicitud por sí mismo o bien otra
persona puede actuar representándolo en este trámite.

La solicitud se presenta ante la oficina local del USCIS que posea jurisdicción
sobre el niño. Una solicitud para regularización de status de residencia puede
ser presentada junto con la solicitud, para que sea clasificada como una
solicitud de inmigrante juvenil especial.

Un
joven que reciba residencia permanente a través de la categoría de inmigrante
juvenil especial no puede solicitar la residencia para sus padres naturales o
adoptivos.

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Inglés

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