Share on facebook
Share on twitter
Share on whatsapp

Fondos de Pensión y Jubilación vs AFJP: diferencias

¿Cómo planificar su economía para después del retiro? ¿Cuánto se gasta? ¿Más o menos que antes? Todas estas preguntas deben formar parte del proyecto inicial… Pero una vez retirado, interésese por saber bien quien administrará sus fondos… ¿Qué son las AFJP? ¿Qué pasa si quiebran?

Enséñele a su hijo a tomar decisiones financieras

Detalles
de los
Sistemas de retiro y todo lo que debe saber para no ser sorprendidos en
el camino.

Fondo
de jubilaciones y pensiones

Es
un patrimonio independiente de la entidad administradora y pertenece
exclusivamente a los afiliados. Estos fondos son inembargables y están
destinados a generar las
prestaciones de acuerdo con las disposiciones de la presente ley.

El
Fondo de Jubilación y Pensión se alimenta de:

-Aportes Voluntarios

-Depósitos
Convenidos

-Fondos
de traspasos que provienen de otra
AFJP

-Rentabilidad
obtenida por las inversiones

-Integración
de los Capitales Complementarios y de Recomposición

¿Usted
sabe de quien son los Fondos de Jubilaciones y Pensiones?


Entonces se sorprenderá al saber que todos los trabajadores afiliados a las
AFJP, tienen parte de estos fondos a diferencia del patrimonio propio de las
AFJP que es de sus accionistas.

Obligue
a las Administradoras a que cumplan…

Para
ello tendrá que saber cuales son sus deberes:

-Cada
AFJP debe invertir el Fondo de los afiliados conforme a criterios adecuados de
seguridad y rentabilidad, respetando los límites fijados por la Ley 24241 y sus
normas reglamentarias.

Usted
debe saber también, que la rentabilidad mínima establecida para las
inversiones que se hagan con el dinero del fondo, es de el equivalente al 70% de
la rentabilidad promedio del sistema (rentabilidad Promedio obtenida para un
mismo período por todas las AFJP), o la Rentabilidad Promedio del sistema menos
dos puntos porcentuales. Eligiendo la que sea menor ocasionalmente.

¿Qué
es entonces, la Rentabilidad Máxima?

Este
índice está conformado por:

-La
Rentabilidad Promedio del sistema incrementada en dos puntos porcentuales, de
los dos la mayor

-La
Rentabilidad Promedio del sistema incrementada en un 30%

Cuando
se sobrepasa la Rentabilidad Máxima

Por
ley, existe la obligación de iniciar un Fondo de Fluctuación con todo lo que
supere a la Rentabilidad Máxima.
Este fondo será propiedad de los trabajadores afiliados y se utilizará como
compensación, en el caso en que no se alcance la Rentabilidad Mínima.

Pero
en caso de que eso sea necesario y no exista un Fondo para cubrir, el Estado
debería hacerse cargo de la diferencia y liquidar a la Administradora
involucrada.

¿Que
pasa en el caso de quiebra de su AFJP?

La
controladora de las AFJP (Superintendencia) liquida a la misma y da a sus
afiliados un plazo de 90 días para transferir sus fondos a una AFJP nueva. Pero
quédese tranquilo, los recursos del Fondo de Pensión y Jubilación no serán
afectados, aun en el caso extremo de que se liquide a la Administradora.